
Programa
para familias en situación de extrema necesidad
Para familias sin lote propio, con ingresos familiares bajos
y cuyo estudio socioeconómico establece que viven en situación de extrema
necesidad, existe el Programa de Bono Especial, al cual se puede acceder en
forma individual o como parte de un proyecto de vivienda.
Se tramitan bonos de vivienda bajo el programa de artículo 59
de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (SFNV) aquellos
calificados como extrema necesidad y situación de emergencia o erradicación de
tugurios y asentamientos en precario.
Además de las condiciones
generales, la familia que desea un bono bajo este programa debe cumplir con
los siguientes requisitos:
1. Ingreso familiar menor a ¢457 815
mensuales.
2. Estudio Social, por parte de un
trabajador social autorizado y avalado por el BANHVI y el Colegio de
Trabajadores Sociales.
Casos de Emergencia
En aquellos casos calificados como emergencia debe adjuntar
los siguientes documentos:
1. Informe de la Comisión Nacional de
Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE), recomendando la
reubicación o declarando como inhabitable la propiedad.
2. Informe del Ministerio de Vivienda
y Asentamientos Humanos recomendando la reubicación de la familia o la
reconstrucción total o parcial de la vivienda
3. Ficha de Información Social (FIS)
del núcleo familiar. La aplicación de este documento solo
rige en casos de emergencias, debidamente declarados por el Poder Ejecutivo.
En cualquiera de estas situaciones, si la familia es
propietaria del terreno debe presentar un informe
del Instituto Nacional de Seguros (INS) que indique si la familia recibió o no
indemnización. En caso de recibirla,
el monto del bono será complemento esta indemnización.
Solicitud de Segundo
Bono
Con base en el artículo 50 de la Ley del SFNV, una familia
puede recibir un segundo bono de vivienda si ha perdido su casa parcial o
totalmente, a causa de "catástrofes naturales o producidas por siniestros, caso
fortuito o fuerza mayor".
En estos casos es necesario que la familia continué reuniendo
los requisitos para calificar como beneficiaria del bono y que los seguros
sobre la vivienda no cubran los daños ocasionados por la catástrofe.
Tomando en cuenta lo anterior es requisito que la familia postulante mantenga la póliza activa sobre
la vivienda. En estos casos se debe
presentar lo siguiente:
Catástrofes naturales
o producidas por siniestros
1. Informe de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y
Atención de Emergencias, recomendando la reubicación, declarando como
inhabitable el inmueble o en su defecto indicando la posible reutilización del
lote o que la vivienda requiera algún tipo de mejora.
2. En aquellos casos en que el lote pueda reutilizarse el
perito del avaluó debe indicar que dicho terreno es apto para construir. De
igual forma en los casos de viviendas con necesidad de mejoras el profesional
debe indicar en forma detallada las mejoras a realizar de tal forma que la casa
sea habitable y funcional.
3. Informe del Instituto Nacional de Seguros, en el cual se
indique si la familia fue indemnizada por los daños que sufrió la
vivienda. En caso de existir
indemnización, el monto del bono solicitado debe ser por la suma estrictamente
necesaria para complementar la indemnización.
Caso fortuito o fuerza
mayor
Los casos
fortuitos son aquellos cuya causa es interna como
por ejemplo: incendio, explosión de vivienda, derrumbe por causas no
atribuibles a la naturaleza. Los casos de fuerza mayor tienen una causa
externa e imprevisible como por ejemplo: guerra,
terremoto, huracán, inundación o caída de un rayo.
Para estos
casos es necesario presentar los siguientes documentos:
Documentación
emitida por una instancia competente, lo cual respaldaría el imprevisto o
siniestro que sufrió la vivienda.
Informe del
Instituto Nacional de Seguros, en el cual se indique si la familia fue
indemnizada por los daños que sufrió la vivienda. En caso de existir indemnización, el monto
del Bono solicitado debe ser por la suma estrictamente necesaria para
complementar la indemnización.
Análisis
del estado de la vivienda, donde se determine si existe algún material
reutilizable en la nueva casa y el impacto de esta medida sobre el monto del
bono. Lo anterior debe presentarse por medio de una nota avalada por el
profesional responsable de la obra en la cual certifique el valor de los
materiales y mano de obra.
Si el lote
fue declarado inhabitable, la familia debe donarlo a la municipalidad
respectiva y aportar el acuerdo u oficio con el cual la municipalidad acepta
la donación.
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Documentos generales
para solicitar el bono
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Documentos específicos
según propósito del bono
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